CataluñaCerrada

Subvención TU+1 para autónomos

Programa TU+1 de Cataluña para autónomos sin asalariados que contratan de forma indefinida a personas desempleadas.

La convocatoria 2026 cerró el 29 de julio.
Ayuda económica
Cuantía
22.320 € por contratación a jornada completa
Abono monetario en cuenta
CataluñaCerrada
PlazoHasta 29 Jul 2026
PresupuestoConsultar convocatoria
Pago: Anticipo + saldo final
Importe22.320 € por contratación a jornada completa
Presupuesto convocatoriaConsultar convocatoria
TerritorioCataluña
EstadoCerrada
Dinero en cuentaSí, ingreso en cuenta
ModalidadIndefinido · jornada completa o parcial
PlazoHasta 29 Jul 2026
Revisado13/08/2026
LO ESENCIAL EN 30 SEGUNDOS

Lo más interesante de esta subvención

Antes de entrar en las bases, estos son los datos que normalmente deciden si merece la pena estudiarla.

Cuantía22.320 € por contratación a jornada completa22.320 € por contrato indefinido a jornada completa. En jornada parcial, la cuantía se reduce proporcionalmente al porcentaje de jornada.
Contratos o actuacionesHasta 2 contrataciones subvencionables por persona o entidad beneficiaria en la convocatoria 2026.
Forma de pagoAnticipo + saldo final80 % del importe concedido como anticipo después de la resolución definitiva de concesión; 20 %…
Puede encajar paraAutónomos sin asalariados
EkitekoTramitación 100 % online · servicio para toda EspañaAvísame cuando abra →

TU+1 es un programa de Cataluña orientado a facilitar que profesionales autónomos sin personas asalariadas incorporen trabajadores mediante contratación indefinida.

En Ekiteko tratamos cada convocatoria como un expediente, no como una simple noticia. Antes de que una empresa contrate, invierta o presente documentación, revisamos el estado de la ayuda, las fechas que pueden dejarla fuera y las obligaciones que permanecen después de la concesión.

Qué es esta subvención y cuándo puede interesar

La convocatoria 2026 otorgó 22.320 € por contratación y permitió subvencionar hasta dos contrataciones, de acuerdo con las condiciones publicadas por el SOC.

El estado que figura actualmente en Ekiteko es Cerrada. La cuantía o referencia económica visible en la ficha es 22.320 € por contratación a jornada completa. Cuando la convocatoria tiene un presupuesto global publicado, lo mostramos por separado porque el presupuesto total del programa no equivale al dinero que corresponde a una empresa concreta.

Quién puede solicitar la ayuda

La edición 2026 se dirigió a profesionales autónomos sin asalariados, sujetos al resto de requisitos de la convocatoria. El encaje debe volver a comprobarse cada vez que se publique una nueva edición.

La elegibilidad real depende del conjunto de requisitos de la convocatoria vigente. Pueden influir la forma jurídica, el tamaño de la empresa, el centro de trabajo, la situación de la persona contratada, la fecha de alta, la modalidad contractual, la inversión prevista, el cumplimiento tributario y con la Seguridad Social o la existencia de trámites previos.

Cuánto dinero puede recibir la empresa

La referencia económica actual es 22.320 € por contratación a jornada completa. Si la convocatoria establece distintas cuantías por colectivo, jornada, tipo de contrato o intensidad de ayuda, la cifra final depende del caso. En Ekiteko diferenciamos siempre entre importe concedido e importe efectivamente cobrado.

Cuando la ayuda es dineraria, la ficha indica si existe abono monetario en cuenta: Sí, abono monetario en cuenta. No confundimos una subvención económica con un bono, vale, préstamo o servicio bonificado.

Qué actuación, contratación o gasto subvenciona

TU+1 es un programa de Cataluña orientado a facilitar que profesionales autónomos sin personas asalariadas incorporen trabajadores mediante contratación indefinida.

La modalidad publicada actualmente en la ficha es Indefinido · jornada completa o parcial. Si existen varias líneas dentro del mismo programa, hay que identificar la línea correcta antes de calcular cuantía o preparar documentación.

Qué revisar antes de contratar o presentar la solicitud

TU+1 tiene ventanas de solicitud cortas. Preparar el expediente antes de que abra permite reaccionar con rapidez, pero no debemos trasladar automáticamente requisitos de 2026 a una convocatoria futura sin revisar la nueva resolución.

  • Fecha exacta de contratación, inversión o inicio de la actuación.
  • Situación de la persona trabajadora o beneficiaria antes del alta.
  • Centro de trabajo, jornada y modalidad contractual cuando la ayuda sea de empleo.
  • Plazo de solicitud y posibles trámites previos.
  • Compatibilidades e incompatibilidades con otras ayudas o bonificaciones.
  • Obligaciones de mantenimiento y justificación posteriores.

Una subvención abierta no significa automáticamente que pueda solicitarse después de haber actuado. En algunas convocatorias el error está precisamente en contratar o gastar antes de comprobar los requisitos.

Documentación y preparación del expediente

Antes de presentar revisamos la situación del autónomo, la inexistencia de plantilla previa cuando sea requisito, la inscripción de la persona desempleada, la fecha de contratación y la documentación del expediente.

La documentación concreta depende de cada convocatoria. Habitualmente puede ser necesario acreditar datos de la empresa, representación, situación fiscal, contratación, desempleo, inversión, facturas, pagos o declaraciones responsables. No pedimos documentación por rutina: construimos el checklist a partir de la ayuda concreta.

Cómo y cuándo se cobra la subvención

La forma de pago que consta actualmente en la ficha es Anticipo y saldo final. Algunas ayudas pagan una parte por adelantado y reservan un saldo para después de la justificación; otras funcionan por reembolso o pagan tras la resolución. El calendario debe verificarse en cada programa.

Nuestro sistema de honorarios sigue el dinero efectivamente recibido. Si la Administración paga en varios tramos, la comisión de éxito se calcula proporcionalmente sobre cada ingreso, no sobre dinero que todavía no ha llegado a la cuenta del beneficiario.

Qué ocurre si la persona trabajadora se marcha o cambia el proyecto

No existe una regla única. Una baja voluntaria, un despido, una reducción de jornada, una sustitución o una modificación de la inversión puede tener consecuencias distintas según las bases. Algunas convocatorias permiten sustituir a la persona dentro de un plazo y cumpliendo condiciones; otras pueden reducir la ayuda o exigir reintegro total o parcial.

Por eso el servicio no termina necesariamente cuando llega la resolución. Si se produce una incidencia, revisamos la convocatoria aplicable antes de recomendar una actuación.

Obligaciones después de cobrar

El cobro puede ir seguido de un periodo de mantenimiento, controles, aportación de nóminas, justificantes de pago, permanencia de la contratación o una justificación económica final. El periodo de mantenimiento que figura actualmente en nuestra ficha es 18 meses de mantenimiento del contrato.. La justificación indicada es El 20 % final se abona después de justificar correctamente la subvención y acreditar el cumplimiento de su finalidad..

Ekiteko registra estas fechas en el expediente para que las obligaciones posteriores no queden olvidadas cuando la empresa ya ha recibido el dinero.

Cómo tramitamos esta subvención en Ekiteko

  1. Estudio previo. Comprobamos si empresa, trabajador, inversión y fechas encajan.
  2. Checklist. Definimos exactamente qué documentación necesitamos.
  3. Preparación. Revisamos formularios, anexos y justificantes antes de presentar.
  4. Presentación y seguimiento. Dejamos trazabilidad del expediente y controlamos requerimientos.
  5. Resolución y cobro. Registramos los importes concedidos y los ingresos reales.
  6. Mantenimiento y justificación. Programamos avisos internos para las obligaciones posteriores.

Honorarios de Ekiteko

Para las subvenciones de contratación trabajamos con 100 € + IVA por trabajador para abrir y preparar la gestión y 10 % + IVA sobre cada importe de subvención efectivamente cobrado. Cada comisión se abona dentro de los 5 días naturales siguientes al ingreso. Para otras subvenciones, las condiciones se confirman antes de empezar.

Las incidencias extraordinarias, como recursos, sustituciones complejas, renuncias, inspecciones o actuaciones no incluidas en el encargo inicial, pueden presupuestarse aparte antes de realizarlas.

Aspectos específicos de esta convocatoria

Esta página se mantiene aunque la convocatoria esté cerrada para conservar su histórico SEO y permitir que empresas interesadas se apunten al aviso de próxima apertura.

Preguntas frecuentes sobre esta subvención

¿Puedo contratar antes de solicitar la subvención?

Depende de la convocatoria. Algunas permiten presentar después del alta si se respeta un plazo concreto; otras exigen condiciones previas o trámites anteriores. Lo prudente es comprobar la ayuda antes de contratar.

¿La subvención se ingresa en la cuenta bancaria de la empresa?

Cuando la ayuda es dineraria, sí se produce un abono monetario conforme al sistema de pagos de la convocatoria. En esta ficha indicamos expresamente si se trata de dinero en cuenta o de otra modalidad de apoyo.

¿Cuándo se cobra una subvención después de concederla?

No hay un plazo universal. Puede existir anticipo, pago posterior, reembolso o varios tramos. La resolución y las bases de cada programa determinan el calendario aplicable.

¿Qué pasa si el trabajador subvencionado causa baja voluntaria?

Depende de las reglas del programa. Algunas ayudas permiten sustituirlo si se cumplen requisitos y plazos; en otras puede reducirse la subvención o surgir una obligación de reintegro.

¿Se puede sustituir al trabajador subvencionado?

No debe darse por hecho. La posibilidad de sustitución, el plazo y las condiciones cambian entre convocatorias. Revisamos la base concreta antes de comunicar una sustitución.

¿Hay que devolver la subvención si se incumple el mantenimiento?

Puede existir minoración o reintegro total o parcial. La consecuencia depende del incumplimiento, del tiempo efectivamente mantenido y de lo que establezcan las bases.

¿Cuánto cobra Ekiteko por tramitar la subvención?

En las ayudas de contratación, 100 € + IVA por trabajador y 10 % + IVA sobre el dinero efectivamente cobrado. Si la Administración paga por tramos, cobramos la parte proporcional cuando se recibe cada tramo. Para otras ayudas, se consultan condiciones.

¿La concesión de la subvención está garantizada?

No. Depende de cumplir los requisitos, presentar correctamente el expediente y, cuando corresponda, de la disponibilidad presupuestaria y del procedimiento de concesión.

Información revisada con fuente oficial.Las bases, crédito disponible, forma de pago y criterios pueden cambiar. Antes de actuar revisamos la convocatoria vigente y el caso concreto.
BASES REVISADAS

Requisitos y condiciones de esta subvención

Aquí resumimos las condiciones que realmente deciden si el expediente entra o queda fuera. No sustituye a la convocatoria oficial, pero evita quedarse en una descripción genérica.

Bases revisadas11/08/2026Referencia normativa: Convocatoria TU+1 2025-2026 de la Generalitat de Catalunya y bases reguladoras del programa.

Elegibilidad y condiciones de contratación

¿Quién puede solicitar esta subvención?

Persona trabajadora autónoma dada de alta en RETA o mutualidad, o sociedad limitada unipersonal en los supuestos admitidos, con la antigüedad mínima exigida. No debe tener personas asalariadas el día de la solicitud ni haberlas tenido durante los 6 meses anteriores, según la línea aplicable. Debe mantener la actividad y cumplir los requisitos territoriales de la convocatoria.

¿Qué requisitos debe cumplir la persona contratada o la actuación?

La persona que se contrata debe estar desempleada e inscrita como demandante de empleo no ocupada antes de formalizar el contrato. No puede existir el parentesco excluido por las bases hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.

¿Cuántos contratos o actuaciones se pueden subvencionar?

Hasta 2 contrataciones subvencionables por persona o entidad beneficiaria en la convocatoria 2026.

¿Qué contrato, jornada y duración exige?

Contrato indefinido. Puede ser a jornada completa o parcial, pero la jornada debe ser al menos del 50 % de la jornada prevista en el convenio aplicable o de la máxima legal. En jornada parcial, la ayuda se reduce proporcionalmente. El contrato debe mantenerse durante 18 meses.

¿Cómo se selecciona a la persona o actuación?

La persona candidata debe cumplir la situación de desempleo y demanda de empleo antes de la contratación. La comprobación debe hacerse antes de firmar.

¿Cuándo y cómo se solicita?

La solicitud se presenta antes de formalizar el contrato. En la convocatoria 2026, el plazo de solicitud fue del 10 de julio de 2026 a las 09:00 al 29 de julio de 2026 a las 14:00. Tras la resolución de otorgamiento, el contrato debe formalizarse dentro de un máximo de 3 meses.

Cuantía y sistema de pago

¿Cuánto dinero concede la ayuda?

22.320 € por contrato indefinido a jornada completa. En jornada parcial, la cuantía se reduce proporcionalmente al porcentaje de jornada.

¿Cómo y cuándo paga la Administración?

80 % del importe concedido como anticipo después de la resolución definitiva de concesión; 20 % restante después de la justificación correcta y acreditación del cumplimiento.

Solicitud y documentación

¿Qué documentación hay que preparar?

La documentación depende de la condición del solicitante y del momento del expediente. Deben poder acreditarse alta y antigüedad de la actividad, ausencia de asalariados en el periodo exigido, situación de la persona candidata, contrato y obligaciones de seguimiento y justificación.

¿Es compatible con otras ayudas?

La compatibilidad con otras ayudas debe revisarse antes de acumular incentivos sobre el mismo coste o contrato.

Mantenimiento, bajas y reintegro

¿Cuánto tiempo hay que mantener la contratación o actuación?

18 meses de mantenimiento del contrato.

¿Se puede sustituir a la persona trabajadora?

La posibilidad de sustitución y sus efectos deben comprobarse en las bases aplicables al expediente antes de realizar cualquier cambio.

¿Qué ocurre si el contrato termina antes?

Una finalización anticipada puede afectar a la subvención por incumplimiento del periodo de mantenimiento. Debe analizarse la causa concreta antes de tramitar una baja o sustitución.

¿Cuándo puede haber reintegro?

El incumplimiento de los requisitos o del mantenimiento puede implicar pérdida del saldo pendiente y, según el caso, reintegro total o parcial de importes ya cobrados.

¿Qué puntos pueden dejar fuera el expediente?

El orden es importante: primero solicitud, después contratación. Contratar antes de presentar puede dejar el expediente fuera. También hay que controlar los 18 meses de mantenimiento.

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