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Subvenciones para la contratación de personas desempleadas por empresas de Eibar 2026

Ayudas de hasta 14.400 € por contratación indefinida para empresas de Eibar. Hasta 4 contratos por beneficiario. Solicitudes del 21/09/2026 al 15/01/2027.

PRÓXIMA: la presentación de solicitudes comienza el 21/09/2026. La concesión es directa por orden de entrada y está condicionada a la existencia de crédito.
Ayuda económica
Cuantía
Hasta 14.400 € por contratación
Abono monetario en cuenta
País VascoPróxima
PlazoHasta 15 Ene 2027
Presupuesto209.518 €
Pago: Anticipo tras concesión
ImporteHasta 14.400 € por contratación
Presupuesto convocatoria209.518 €
TerritorioPaís Vasco
EstadoPróxima
Dinero en cuentaSí, ingreso en cuenta
ModalidadContrato indefinido · jornada completa o parcial desde el 50 % · mínimo 12 meses
PlazoHasta 15 Ene 2027
Revisado24/08/2026
LO ESENCIAL EN 30 SEGUNDOS

Lo más interesante de esta subvención

Antes de entrar en las bases, estos son los datos que normalmente deciden si merece la pena estudiarla.

CuantíaHasta 14.400 € por contratación6.000 € por contrato indefinido a jornada completa y periodo subvencionable de 12 meses. Para personas de colectivos especiales, 12.000 € por…
Contratos o actuacionesHasta 4 contratos subvencionados por cada beneficiario/a.
Forma de pagoAnticipo tras concesiónPago anticipado en el momento de la resolución de concesión. El incumplimiento de los requisitos de…
Puede encajar paraPersonas físicas o jurídicas privadas con centro de trabajo y actividad económica en Eibar
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El Ayuntamiento de Eibar convoca ayudas para facilitar la contratación indefinida de personas desempleadas de Eibar por empresas locales. La convocatoria cuenta con un presupuesto de 209.518 € y se concede por orden de entrada mediante evaluación individualizada, mientras exista crédito.

Cuantía de la ayuda

La subvención general es de 6.000 € por contrato indefinido a jornada completa durante un periodo subvencionable de 12 meses. Para colectivos especiales asciende a 12.000 €. Todas las cuantías se incrementan un 20 % cuando se contrata a una mujer, por lo que el máximo aritmético es de 14.400 € por contratación. En jornadas parciales desde el 50 %, la ayuda se reduce proporcionalmente y se aplican los límites de costes salariales previstos en las bases.

Quién puede solicitarla

Personas físicas o jurídicas privadas con centro de trabajo y actividad económica en Eibar. La persona a contratar debe estar empadronada en Eibar desde al menos el 1 de enero de 2026 y constar desempleada e inscrita en Lanbide como demandante de empleo durante al menos un mes antes del inicio del contrato.

Contrato y obligaciones

El contrato debe ser indefinido, con jornada completa o parcial mínima del 50 %, mantenerse durante al menos 12 meses y generar creación neta de empleo respecto de la plantilla media de los seis meses anteriores. Se subvencionan como máximo 4 contratos por beneficiario.

Plazo, concesión y pago

Las solicitudes se presentan electrónicamente del 21 de septiembre de 2026 al 15 de enero de 2027. La concesión es directa por orden de entrada. El pago es anticipado en el momento de la resolución de concesión, quedando posteriormente sujeto al cumplimiento y justificación de las condiciones.

Origen de los datos estructurados: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS/SNPSAP). Código BDNS: 925434 · Última actualización automática: 2026-08-24 14:23:58

Información revisada con fuente oficial.Las bases, crédito disponible, forma de pago y criterios pueden cambiar. Antes de actuar revisamos la convocatoria vigente y el caso concreto.
BASES REVISADAS

Requisitos y condiciones de esta subvención

Aquí resumimos las condiciones que realmente deciden si el expediente entra o queda fuera. No sustituye a la convocatoria oficial, pero evita quedarse en una descripción genérica.

Bases revisadas24/08/2026Referencia normativa: BDNS 925434 · Documento de la convocatoria 2026 (idDocumento 1510467) · Ayuntamiento de Eibar

Elegibilidad y condiciones de contratación

¿Quién puede solicitar esta subvención?

Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada con centro de trabajo y actividad económica en Eibar y sin incurrir en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones. Deben estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y tributarias; cuando proceda, el Ayuntamiento realiza consultas de oficio a las administraciones competentes.

¿Qué requisitos debe cumplir la persona contratada o la actuación?

La persona contratada debe constar empadronada en Eibar como mínimo desde el 1 de enero de 2026; estar desempleada e inscrita y de alta como demandante de empleo en Lanbide al menos un mes antes del inicio del contrato; no tener parentesco por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado con el empresario o con quienes controlen, dirijan o administren la empresa; y no haber sido contratada por la misma empresa cuando esa contratación hubiera sido subvencionada en convocatorias anteriores.

¿Cuántos contratos o actuaciones se pueden subvencionar?

Hasta 4 contratos subvencionados por cada beneficiario/a.

¿Qué contrato, jornada y duración exige?

Solo se financian contratos indefinidos a jornada completa o parcial con un mínimo del 50 %. Deben mantenerse al menos 12 meses y comenzar entre el 01/01/2026 y el 31/12/2026. Deben ajustarse al convenio del sector y generar creación neta de empleo respecto de la plantilla media total de los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación.

¿Cómo se selecciona a la persona o actuación?

Concesión directa por orden de entrada mediante evaluación individualizada. Los expedientes se tramitan y resuelven conforme se presentan mientras exista crédito reservado disponible.

¿Cuándo y cómo se solicita?

Solicitudes del 21/09/2026 al 15/01/2027, ambos inclusive. La presentación es electrónica a través de www.eibar.eus y requiere certificado digital (B@K-Q, DNI electrónico, IZENPE u otro admitido).

Cuantía y sistema de pago

¿Cuánto dinero concede la ayuda?

6.000 € por contrato indefinido a jornada completa y periodo subvencionable de 12 meses. Para personas de colectivos especiales, 12.000 € por contrato a jornada completa. Se consideran colectivos especiales las personas titulares o beneficiarias de RGI/IMV, las personas desempleadas de larga duración (al menos 360 días inscritas en los 540 días anteriores) y las mayores de 45 años. Todas las cuantías aumentan un 20 % cuando el contrato se celebra con una mujer, por lo que el máximo aritmético alcanza 14.400 €. En jornada parcial, con mínimo del 50 %, la ayuda es proporcional. La cuantía final no puede superar el 75 % de los costes salariales anuales en el tramo general y el 100 % en colectivos especiales; tras el incremento por mujer, tampoco puede superar el 100 % de los costes salariales.

¿Cómo y cuándo paga la Administración?

Pago anticipado en el momento de la resolución de concesión. El incumplimiento de los requisitos de la convocatoria puede dar lugar al reintegro de la subvención.

Solicitud y documentación

¿Qué documentación hay que preparar?

Entre la documentación exigida: acreditación de la personalidad jurídica; representación cuando proceda; certificado tributario si se tributa fuera de Gipuzkoa, Bizkaia o Álava; justificante actualizado de titularidad bancaria; contrato de trabajo; informe de tareas y funciones del puesto; DNI/NIE de la persona contratada; alta en Seguridad Social; IDC; informes de plantilla media de los 6 meses anteriores y de 5-10 días después de la contratación; vida laboral; informe de periodos de inscripción de Lanbide; y declaración responsable de otras ayudas según el modelo municipal.

¿Es compatible con otras ayudas?

Incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad y por el mismo concepto, cualquiera que sea su procedencia, salvo las bonificaciones de la Seguridad Social y los beneficios por contratación de personas desempleadas mayores de 52 años previstos en la disposición transitoria quinta de la Ley 45/2002.

Mantenimiento, bajas y reintegro

¿Cuánto tiempo hay que mantener la contratación o actuación?

12 meses como mínimo. El periodo subvencionable es de 12 meses aunque el contrato indefinido continúe después.

¿Se puede sustituir a la persona trabajadora?

Si durante el periodo subvencionable el contrato se extingue por no superar el periodo de prueba, cese voluntario, despido declarado procedente, muerte o invalidez de la persona contratada, puede formalizarse un nuevo contrato en los mismos términos que el original dentro de 15 días naturales. En otro caso, la ayuda se reduce proporcionalmente a la duración efectiva en los supuestos previstos.

¿Qué ocurre si el contrato termina antes?

Si el contrato se rescinde durante los meses subvencionables por alguno de los supuestos admitidos, la cuantía puede reducirse proporcionalmente a la duración efectiva o puede hacerse una sustitución válida en 15 días naturales. Otros incumplimientos de las condiciones pueden ocasionar pérdida del derecho y reintegro.

¿Cuándo puede haber reintegro?

El incumplimiento de los requisitos establecidos es causa de reintegro. También se prevé reintegro proporcional si, tras el cobro, se acredita la falta de pago de todos o parte de los gastos exigibles.

¿Qué puntos pueden dejar fuera el expediente?

La ayuda todavía no está abierta: el plazo comienza el 21/09/2026. Centro de trabajo y actividad económica en Eibar; persona empadronada en Eibar desde al menos el 01/01/2026 y de alta como demandante de empleo en Lanbide al menos un mes antes del contrato; contrato indefinido desde el 50 % de jornada; creación neta de empleo respecto de los 6 meses anteriores; mantenimiento mínimo de 12 meses; máximo 4 contratos por beneficiario; concesión por orden de entrada mientras exista crédito.

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